• EMTD
  • Salud y Seguridad Laboral

OBJETIVOS DEL EMTD EN MATERIA DE SALUD Y SEGURIDAD LABORAL

Propuestas para las mejoras de la Ley 24557:

1) Modificar el art. 39 el cual no permite al trabajador recurrir a la instancia judicial en caso de tener un accidente laboral.

2) Determinar las condiciones necesarias para la conformación de los comité mixtas de salud y seguridad (trabajadores y empleadores) sobre salud, seguridad y medio ambiente de trabajo (delegado, para acción sindical y para salud y seguridad laboral)

3) Definir el carácter de los comité mixto de salud y seguridad (resolutivos)

4) Definir claramente las funciones y obligaciones de los representantes sindicales en los comité de salud y seguridad.

5) No habrá listado de enfermedades laborales, las mismas serán determinadas por las comisiones medicas de las partes y en caso de no haber acuerdo, se someterá el diferendo a la autoridad de aplicación correspondiente (SRT).

6) Crear un mecanismo para la actualización de las prestaciones dinerarias por accidentes laborales y/o enfermedades profesionales

7) Mantener la cobertura en los accidentes definidos como IN ITINERE

8) El Estado deberá articular mecanismos de fiscalización contemporáneos con los riesgos propios de cada una de las actividades.

9) Créditos blandos/facilidades/menores alicuotas para aquellas empresas que trabajan en forma conjunta con las comisiones mixtas, en la prevención de los accidentes laborales

10) Crear los mecanismos necesarios para fortalecer las tareas inspectivas del Estado nacional en el marco de las leyes Nº 24557, en su articulo 36 y Nº 25877, en su articulo 32, inciso d)

11) En nuevo marco legal debe darse en el marco de los Convenios de la OIT.

12) Fomentar desde el Estado la aplicación de las directrices de la OIT, en el marco de la Resolución de la SRT Nº 103/05.-

Ver presentación de Salud y Seguridad

Ver presentación "La persistencia de las nanopartículas"